EL CAMINO: "YO SOY EL CAMINO, LA VERDAD Y LA VIDA, NADIE VA AL PADRE SINO POR MÍ". (JUAN 14:6)

"BUSCAD PRIMERAMENTE EL REINO DE DIOS Y SU JUSTICIA, Y TODO LO DEMÁS SE OS DARÁ POR AÑADIDURA". (MATEO 6:33)

"Y EN NINGÚN OTRO HAY SALVACIÓN, PORQUE NO HAY OTRO NOMBRE BAJO EL CIELO DADO A LOS HOMBRES, EN EL CUAL PODAMOS SER SALVOS". (HECHOS 4:12)

lunes, 30 de enero de 2017

Primer sacerdote mártir de la Eucaristía


Porque si aquel que se encuentra en sola impureza (y por ley sabemos típicamente la propiedad de la impureza), está sujeto a un juicio tan terrible, ¿cuánto más grave juicio se atraerá sobre sí el que estando en pecado se atreve a comer el cuerpo de Cristo? Limpiémonos pues de toda mancha (la diferencia entre mancha e impureza es cosa manifiesta para los prudentes y sabios), y así acerquémonos a las cosas sagradas, para que escapemos del juicio de aquellos que mataron al Señor, pues cualquiera que comiere el pan o bebiere el cáliz del Señor indignamente, será reo del cuerpo y de la sangre del Señor (1ª Cor 11,27); y poseamos la vida eterna. (San Basilio, Sobre el bautismo L2. cuestión 3)


Según el concilio de Trento,
Canon XI sobre la Eucaristía:

CAN. XI. Si alguno dijere, que sola la fe es preparación suficiente para recibir el sacramento de la santísima Eucaristía; sea excomulgado. Y para que no se reciba indignamente tan grande Sacramento, y por consecuencia cause muerte y condenación; establece y declara el mismo santo Concilio, que los que se sienten gravados con conciencia de pecado mortal, por contritos que se crean, deben para recibirlo, anticipar necesariamente la confesión sacramental, habiendo confesor. Y si alguno presumiere enseñar, predicar o afirmar con pertinacia lo contrario, o también defenderlo en disputas públicas, quede por el mismo caso excomulgado.

Canon VII sobre el sacramento del matrimonio.


CAN. VII. Si alguno dijere, que la Iglesia yerra cuando ha enseñado y enseña, según la doctrina del Evangelio y de los Apóstoles, que no se puede disolver el vínculo del Matrimonio por el adulterio de uno de los dos consortes; y cuando enseña que ninguno de los dos, ni aun el inocente que no dio motivo al adulterio, puede contraer otro Matrimonio viviendo el otro consorte; y que cae en fornicación el que se casare con otra dejada la primera por adúltera, o la que, dejando al adúltero, se casare con otro; sea excomulgado.


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