EL CAMINO: "YO SOY EL CAMINO, LA VERDAD Y LA VIDA, NADIE VA AL PADRE SINO POR MÍ". (JUAN 14:6)

"BUSCAD PRIMERAMENTE EL REINO DE DIOS Y SU JUSTICIA, Y TODO LO DEMÁS SE OS DARÁ POR AÑADIDURA". (MATEO 6:33)

"Y EN NINGÚN OTRO HAY SALVACIÓN, PORQUE NO HAY OTRO NOMBRE BAJO EL CIELO DADO A LOS HOMBRES, EN EL CUAL PODAMOS SER SALVOS". (HECHOS 4:12)

lunes, 18 de abril de 2016

Confirmado: “Lo posso dire sí. Punto”



Se despejó la duda, Bergoglio mismo lo hizo en el avión de regreso de su viaje a Lesbos a instancias del periodista, Francis Rocca, que le preguntó sin rodeos: “Algunos sostienen que nada ha cambiado, en relación a la disciplina que rige el acceso a los Sacramentos para los divorciados y los recasados, y que la ley y la práctica pastoral, del mismo modo que la doctrina, continúan igual; otros sostienen, por el contrario, que mucho ha cambiado, y que hay una serie de nuevas aperturas y posibilidades. La pregunta es la de una persona, un católico que quiere saber: ¿hay nuevas posibilidades concretas, que no existían antes de la publicación de la Exhortación, o no?”
La respuesta de Bergoglio fue muy clarificadora en esta ocasión: Yo puedo decirle que sí, y listo. (“Io posso dire sí. Punto”) Pero sería una respuesta que es demasiado corta. Le recomiendo que lea la presentación del cardenal Schönborn, que es un gran  teólogo. Fue secretario de la Congregación para la Doctrina de la Fe, y sabe bien sobre la doctrina de la fe también. En esa presentación, su pregunta encontrará una respuesta.

El cardenal cardenal Schönborn, al presentar el texto en la “Sala Stampa” del Vaticano, no teme afirmar que el documento viene a superar “la artificiosa, exterior, neta división entre [uniones] «regulares» e «irregulares»”. Más o menos como si el papa pudiese derogar alguno de los mandamientos, o inventar un nuevo sacramento. Y el cardenal valido, en una interpretación libre a la que nos tienen acostumbrados últimamente, aplicada a una frase de S. Pablo sobre otro asunto totalmente diferente: “Dios encerró todos los hombres en la rebeldía para usar con ellos de misericordia” (Rm 11, 32). Un error de interpretación que no se permitiría en el primer curso de teología de un seminario; y más un seminario dominico (en el cual Schönborn estudió). ¡Nada que ver! Nos recuerda ciertos pastores protestantes, con los que hemos tenido que “dialogar”, para los cuales cualquier frase vale en cualquier sentido sin relación con nada. Porque el Magisterio multisecular para ellos no existe; ni la interpretación auténtica dada por la Iglesia a lo largo de veinte siglos. Y eso parece que tampoco existe para Schönborn, glosando a Bergoglio.

Para el cardenal privado del pontífice, con el nuevo texto “hay en primer lugar un suceso lingüístico… algo ha cambiado en el discurso eclesial”. ¿Qué ha cambiado?

El periódico de la Conferencia Episcopal Italiana, “Avvenire” declara con euforia, a respecto del “Evangelio apócrifo bergogliano”: “Cuando el cardenal Kasper habló del «documento más importante en la historia de la Iglesia en el último milenio» algunos pensaron que fuese exagerado… Ahora con el texto delante, debemos decir: el texto de Francisco tiene el sabor de un texto fuerte y revolucionario”. Dejando de lado los errores de redacción, que no pasarían en un curso elemental (repetición de palabras, uso impropio, etc.), el sentido es claro: hay un cambio de 180 grados en la doctrina familiar bergogliana, en relación a la doctrina familiar católica. Un cambio “revolucionario”, como no existió en los últimos 1.000 años. Kasper fue más lejos, en los últimos 17 siglos. El mismo uso del calificativo “revolucionario” indica que Francisco ha querido revolver, producir una mudanza muy radical, instaurar un nuevo estado de cosas contrario a un orden existente; podemos usar la expresión italiana “revolución copernicana”, es decir poniendo boca abajo, patas arriba lo que estaba erguido según la ley humana y divina. En el caso, el matrimonio como fue querido e instituido por Dios.
Y Socci comenta acertadamente: “la exhortación apostólica es un gesto claro de desafío a dos mil años de magisterio católico. Y en los ambientes católicos (traumatizados) domina un silencioso desconcierto”.

Pero es en una pequeña nota, a pie de página, la 351, casi pasando inadvertida, en donde se encuentra el quid clarificador de la cuestión. En el apartado del que se habla de las situaciones “irregulares” esta nota apunta lo siguiente:

“En ciertos casos, podría ser también la ayuda de los sacramentos. Por eso, «a los sacerdotes les recuerdo que el confesionario no debe ser una sala de torturas sino el lugar de la misericordia del Señor»: Exhort. ap. Evangelii gaudium (24 noviembre 2013), 44: AAS 105 (2013), 1038. Igualmente destaco que la Eucaristía «no es un premio para los perfectos sino un generoso remedio y un alimento para los débiles» (ibíd, 47: 1039).”




Pero esta nota no tiene entidad jerárquica alguna frente a dos artículos del Catecismo, el 1650 y el 1756 sobre el adulterio. Veamos qué dicen esos numerales del Catecismo de la Iglesia Católica:
1650 Hoy son numerosos en muchos países los católicos que recurren al divorcio según las leyes civiles y que contraen también civilmente una nueva unión. La Iglesia mantiene, por fidelidad a la palabra de Jesucristo ("Quien repudie a su mujer y se case con otra, comete adulterio contra aquélla; y si ella repudia a su marido y se casa con otro, comete adulterio": Mc 10,11-12), que no puede reconocer como válida esta nueva unión, si era válido el primer matrimonio. Si los divorciados se vuelven a casar civilmente, se ponen en una situación que contradice objetivamente a la ley de Dios. Por lo cual no pueden acceder a la comunión eucarística mientras persista esta situación, y por la misma razón no pueden ejercer ciertas responsabilidades eclesiales. La reconciliación mediante el sacramento de la penitencia no puede ser concedida más que aquellos que se arrepientan de haber violado el signo de la Alianza y de la fidelidad a Cristo y que se comprometan a vivir en total continencia.
1756 Es, por tanto, erróneo juzgar de la moralidad de los actos humanos considerando sólo la intención que los inspira o las circunstancias (ambiente, presión social, coacción o necesidad de obrar, etc.) que son su marco. Hay actos que, por sí y en sí mismos, independientemente de las circunstancias y de las intenciones, son siempre gravemente ilícitos por razón de su objeto; por ejemplo, la blasfemia y el perjurio, el homicidio y el adulterio. No está permitido hacer el mal para obtener un bien.
Más todos los artículos de todo un Catecismo que están relacionados también con el adulterio:1853,1856, 2052, 2055, 2196, 2336, 2380-81, 2384, 2400, 2517, 2528.

Dios no se muda, es el mismo antes, ahora y siempre. No se puede cambiar ahora ni su Palabra, ni sus Leyes, ni el magisterio de dos mil años de la Santa Iglesia Católica de forma torticera.
Qué Dios y la Santísima Virgen nos proteja.

Fuentes: Firmes en Cristo, Catolicidad, Dezinger-Bergoglio, Evangelio, Catecismo de la Iglesia Católica.



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